El 29 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo (el Decreto), publicado el 24 de julio de 2007.
Como lo informamos en nuestro Flash Informativo Seguridad Social 2007-4 del mes de julio de 2007, el Decreto original eximió parcialmente a los patrones del campo, así como a los trabajadores eventuales del campo, de la obligación de pagar las cuotas obrero patronales hasta por un monto equivalente a la diferencia resultante entre las cuotas que se calcularan conforme al salario base de cotización respectivo y las que resultaran de considerar 1.68 veces el salario mínimo general del área geográfica correspondiente, siempre y cuando el salario base de cotización fuera superior a 1.68 veces el salario mínimo general.
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