El 28 de septiembre de 2017 el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, emitió las “Medidas de apoyo a empresarios y trabajadoresdomiciliados en las delegaciones de la Ciudad de México y en municipios de los estados de Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala declarados en desastre natural y/o emergencia extraordinaria, adoptadas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”, las cuales se detallan a continuación:
Beneficios para patrones
i) No se iniciarán acciones de comprobación. Esta medida estará vigente hasta el 31 de octubre de 2017, salvo en los casos en los que se afecte el interés fiscal.
ii) Se suspenden todas las acciones fiscales emprendidas por el INFONAVIT, mismas que se reanudarán el próximo 1o de noviembre.
iii) En materia del Procedimiento Administrativo de Ejecución, se suspenden las intervenciones de caja y de cuentas de cheques de los patrones, reanudándose el próximo 1o de noviembre.
iv) Se otorga una prórroga para el pago en una sola exhibición de aportaciones y amortizaciones de créditos de vivienda correspondientes al 5o y 6o bimestres de 2017 sin multas ni recargos, hasta el 17 de enero y 19 de marzo de 2018, respectivamente.
v) Los patrones podrán pagar en parcialidades mensuales las aportaciones correspondientes al 5o y 6o bimestres de 2017 sin recargos, multas, ni exhibición de garantía, conforme a lo establecido en el programa de regularización vigente.
vi) Sin incurrir en responsabilidad solidaria, los patrones no estarán obligados a retener ni enterar las amortizaciones de crédito de sus trabajadores durante los bimestres 5o y 6o de 2017. A partir del mes de enero de 2018, los patrones deberán reiniciar la retención y pago de las aportaciones y amortizaciones de crédito de sus trabajadores.
vii) A las empresas que apliquen estas medidas se les condonará el 100% de los recargos y las multas generados por el pago extemporáneo del 5o y 6o bimestres de 2017.
Para gozar de los beneficios mencionados las empresas y patrones domiciliados en las delegaciones de la Ciudad de México o en los municipios afectados, deberán presentar un escrito libre solicitando la aplicación de los beneficios ante la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional del INFONAVIT correspondiente y acreditar con su tarjeta de identificación patronal del Instituto Mexicano del Seguro Social actualizada, que su domicilio corresponde a alguna de las delegaciones de la Ciudad de México o de los municipios afectados.
Cabe señalar que la aplicación de los beneficios no dará lugar a devolución o compensación de cantidad alguna que se hubiera cubierto en forma normal. Asimismo, los beneficios antes mencionados podrán adicionarse a los establecidos en el Programa de Regularización de Adeudos para Patrones y en el Esquema de Cobranza Social del INFONAVIT.
Beneficios para trabajadores domiciliados en las zonas afectadas
i) Los acreditados que no tengan una relación laboral tendrán una prórroga por desastre natural, sin que se devenguen intereses de 4 a 6 meses, y concluido el plazo se debe reactivar el pago. Si a la conclusión del periodo de apoyo, el trabajador no puede seguir pagando, podrá acudir a las oficinas del INFONAVIT para conocer las alternativas que tiene.
ii) Se aplicará el seguro de daños a todas las viviendas que son garantía de créditos otorgados por el Instituto a los derechohabientes. En caso de que el crédito no esté al corriente de pago, se realizará una inspección y valorización del daño en la vivienda y el pago del seguro de daños se entregará una vez que el acreditado haya firmado un convenio de regularización.
iii) El seguro cubre adicionalmente daños o pérdidas al contenido de la vivienda que efectivamente sea habitada por los acreditados titulares del INFONAVIT, por un monto de $4,000 a $10,000, dependiendo de la pérdida o severidad del daño. En este caso, es necesario que el crédito se encuentre al corriente en sus pagos para lo cual pudiera aplicar el convenio de regularización de adeudo antes mencionado.
Los trabajadores que cuenten un crédito INFONAVIT, tengan relación laboral o no, deberán acudir a la Delegación del Instituto para solicitar el apoyo requerido y tener acceso a los beneficios contenidos en las mencionadas medidas a más tardar el 30 de noviembre de 2017.
Recomendamos analizar a detalle las medidas de apoyo en comento a efecto de poder cumplir con los requisitos contenidos en las mismas e identificar las delegaciones de la Ciudad de México y municipios que se consideran afectados.
Ciudad de México Octubre de 2017
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