El pasado 29 de enero se dio a conocer en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) un anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y sus Anexos 1-A, 23
Sigue leyendo «Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016»Categoría: 2016
Flashes Informativos
CONSAR – Disposiciones de carácter general aplicables a planes de pensiones
El 21 de enero del año en curso fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones de carácter general aplicables a los planes de pensiones”, las cuales entraron en vigor a partir del día siguiente a su publicación (22 de enero) y abrogaron a las diversas publicadas el 5 de diciembre de 2014. De dicha publicación destaca la incorporación de restricciones en relación con los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, derivado del abuso que se había venido presentando al utilizarlos como medio de pago de la nómina de las empresas, con el ánimo de evadir contribuciones. En este documento describimos los aspectos relevantes que fueron adicionados o modificados, pero recomendamos el análisis detallado de toda la publicación para poder identificar oportunamente otros temas que resulten aplicables en lo particular.
Sigue leyendo «CONSAR – Disposiciones de carácter general aplicables a planes de pensiones»Beneficios fiscales en el Distrito Federal
El 15 de enero de 2016 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal diversos documentos que contienen distintos beneficios en materia de impuesto predial e impuesto sobre tenencia.
A continuación se describen los temas que consideramos más relevantes de estas publicaciones, aunque recomendamos que las mismas sean revisada en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.
Uso de medios electrónicos INFONAVIT
El 6 de enero de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman los artículos 29, fracción VI y 35, primer párrafo; y se adicionan los artículos 29 Ter y 29 Quáter de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)”, el cual entró en vigor a partir del 7 de enero de 2016.
A través de dicho Decreto se incorporan en la Ley del INFONAVIT diversas disposiciones relacionadas con el uso de medios electrónicos para el cumplimiento de obligaciones (entre ellas el pago de aportaciones y descuentos), para la fiscalización por parte de dicho Instituto y, en general, para cumplir con su objeto, dotándole además, en términos de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, con el carácter de autoridad certificadora para emitir certificados digitales, a efecto de aplicar el uso de la firma electrónica avanzada en las formas y procedimientos a su cargo.
Estímulos fiscales en materia del IEPS
Los días 24 y 30 de diciembre de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas publicaciones en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a diversos combustibles. En el presente documento se describen los temas que consideramos relevante pero como siempre, recomendamos que dichas publicaciones sean revisadas en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en el presente Flash Informativo.
Estímulos fiscales aplicables a ciertos combustibles
El 24 de diciembre de 2015 se publicó el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican (en adelante el Decreto).
Dicho Decreto otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto especial sobre producción y servicios que importen y enajenen gasolinas y combustibles no fósiles durante el ejercicio fiscal de 2016.
El estímulo consiste en un porcentaje de descuento para determinar las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios a cargo de los contribuyentes, conforme a lo siguiente: